Este artículo lo recibí de mi amigo Rasputín de la Mácula. Es como si me lo hubiera robado, porque lo pensé casi igual. Si lo hubiese escrito, y estoy bien seguro de que no lo escribí porque no fui yo, él estaría diciendo lo mismo: "el maldito Pepín me lo tumbó". Fue publicado originalmente en El Bembeteo ( http://www.el-bembeteo.com) y lo copio tal y como vio la luz. (-Pepín de la Vega)
SEA LA MADRE DE TU "ABA" MADRINA
Por: Rasputín de la Mácula
Recientemente me doy por enterado que la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos dormita en su lecho de muerte a raíz de la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Me entristeció la noticia porque dicen las niguas que, “cuando se cierra una escuela se abre una prisión”. No obstante, como soy presenta’o, me puse a averiguar por qué le dieron pena de muerte a la controversial facultad.
Según la prensa borinqueña, los dioses de la suma curia jurista “portorricensis” le pusieron el pestillo pedagógico a la escuelita de pensadores independientes cuando en su resolución del pasado 30 de Junio le negaron la acreditación definitiva. Como decía Perico Macoña, “Recoge Toño, que cerraron el kiosco”. Según los togados, su dictamen se ampara en que la escuelita no demostró su autosuficiencia fiscal y el puntillazo homicida se lo embetunaron con la falta del “sellito de la chulería” de la acreditación del American Bar Association, la cual en Villa Palmeras se le conoce como el “aba”.
Ante esto me recordé cuando mi vecina, la mulata Encarnación (tremenda hembrota, cará’), me tocaba en los años ’50 un disco de Mon Rivera que decía, “¿Dios mío que barbaridad...ay, que sin cunchi cú, ay que sin cunchi cá...qué será, que pasará?” Aquí hay gato encerra’o (me dije) porque es duro entender cómo esta escuela después de dieciséis (16) años de operación ininterrumpida y una inversión de más de $6 millones (6 más y forman un par de semillas grandes) para la construcción de nuevas facilidades de biblioteca, así como casi $20 millones de inversión pública realizada en apoyo a su desarrollo y acreditación, pueda dudarse ante los ojos de Dios de su autosuficiencia fiscal.
Pero nada, lo que más curiosidad me dió es por qué en la decisión, moldeada por dieciséis (16) famélicos y escuálidos párrafos, el Tribunal machacaba con la matraca, la falta de la bendición de la “aba” madrina. Pero como soy muellero de vocación y no abogado (aunque tengo un swing sabroso), le pregunté acerca de la dichosa aba a mi amigo de Cataño (el que tiene la cara de chupacabra amarra’o) ya que el mandulete se graduó de leyes en California. También le pregunté a Pepín de la Vega, que le dió clases de derecho penal a Perry Mason (el que nunca perdió un caso en la televisión), para ver cuál es el engorro con la aba dentro del marco de la abogacía en suelo boricua. Esto fue lo que descubrí:
Mi pana de Cataño me confirmó que la acreditación de la aba no es un requisito para practicar la abogacía en los Estados Unidos. La aba, que es una entidad privada, está compuesta por un combete de abogados culipanderos que andan engüevaos entre la calle 15 y la Avenida H en Washington, DC. Otro hecho curioso es que muchos estados de la nación norteamericana le sacan el cuerpo a la aba porque la autoridad de regular y aprobar la práctica de la abogacía, en sus respectivas jurisdicciones, recae exclusiva e independientemente en sus gobiernos locales y no la comparten. (No se hacen codependientes del gusto arrogante y desabrido de esos picapleitos)
Por ejemplo, California es uno de esos estados que le dice al aba...¡aba-se al k-rajo, ja, ja, ja! ¿Por qué? Porque a pesar de los avances tecnológicos, el aba arbitrariamente se niega a acreditar toda facultad de derecho que use como medio principal de enseñanza la red virtual/cibernética (on-line school, como dicen en Castilla). En su contumacia, la aba insiste en ignorar hechos significativos y relevantes que aseguran la calidad de estos programas, como el hecho de que los materiales educativos de dichas instituciones no tradicionales son los mismos que usan las escuelas tradicionales; sus exámenes (en las escuelas no tradicionales) se administran con el mismo rigor con que se administra la reválida estatal, el cual todo hijo de vecino la toma con el rabo entre las patas; sus profesores son abogados practicantes que también enseñan o son egresados de escuelas tradicionales; y para completar, los estudiantes de dichas escuelas no tradicionales tienen que pasar la reválida estatal de primer año (Baby Bar) para poder tener el derecho legal de continuar estudios conducentes al grado de Doctor en Derecho. Casualmente, cuando mi amigo de Cataño se graduó de una de esas escuelas no tradicionales en California, el estado le reconoció su derecho de sentarse a tomar la reválida para licenciarse en esos lares.
Pero eso, al aba le tiene “plin y a la madama dulce coco” y afirmándose en su lógica testicular no cede en su capricho malévolo. Lo que no se dice aquí es que si el aba le pone su sellito a las susodichas escuelas no tradicionales, cuyas cuotas naturalmente son menores que las de una escuelas tradicionales (porque no tienen que gastar en mantener estructuras físicas y otras majaderías) se le caería la “piquita” a las escuelitas tradicionales. No tiene sentido gastar sobre $100,000 por un título que se puede adquirir por menos de $30,000 en una escuela no tradicional y de igual manera poder practicar la honorable profesión. O sea, como decía el difunto Ray Barreto, “Quítate la máscara...quítate la máscara, bandolera.”
Lo anterior me puso más bruto, porque si el aba es de los gringos, y ellos se la pasan por la ingle, ¿por qué el Tribunal fragua el fusilamiento de la escuelita de pensadores independientes en la falta de la acreditación del aba? Después de todo, la difunta escuela cae bajo la jurisdicción del “sacrosanto” Estado LIBRE y Asociado de Puerto Rico mientras que la acreditación de la “discordia” es producto de una entidad privada y forastera. A pesar de que la respuesta contendía con la lógica, no me rendí en buscar cómo entender al Supremo. Por eso me jugué un dominito con Pepín de la Vega y hasta me endulcé el hipotálamo con una piragua de frambuesa mientras Tito “el Alférez” Alicea nos raspaba otra de tamarindo.
Pepín me explicó que el Supremo tiene la facultad inherente de regular la práctica del derecho boricua. No obstante los bártulos estatutarios de la isla albergan el escollo del inciso 3 de la Ley Número 17 del 10 de Junio de 1939, sección 721 et. seq., que obliga a todo aquel egresado de una universidad “portorricensis”, que aspire a ser admitido a la práctica de la abogacía en dicha jurisdicción, a recibir su título de un escuela de derecho aprobada por la aba madrina. Eso me acordó a una letra del conjunto Clásico que dice, “♪Por qué me castiga señora Ley♫”. Esto quiere decir que nuestra ley se acuclilla sobre el dogma que obliga el reconocimiento cualitativo del susodicho producto local a depender del carimbo anglosajón.
Al otro día me acosté en una hamaca que tengo guindando entre un árbol de naranjas y otro de panapén y empecé a revisar la funesta resolución. Cuando la leí con más detenimiento noté que la insolente admite que la escuelita martirizada cumple con la mayoría de las condiciones impuestas por la resolución del Supremo del 13 de febrero de 2008, al igual que con muchas de las observaciones emitidas por la aba en su vista de acreditación el 21 de abril de 2007. Es más, el número de sus egresados sobrepasan por mucho el índice de aprobación del examen de reválida en la isla y uno de los graduados hasta fue la nota más alta en el examen de Marzo. ¡No obstante, le partieron a Hostos su galillo didáctico y se rifaron sus túnicas!
Al continuar mi lectura no pude evitar que se me escaldara la úlcera del duodeno cuando en la nobleza del Supremo se le extendió la acreditación provisional por tres (3) años adicionales, en aras de que Hostos pueda cumplir a cabalidad con los requerimientos restantes. No sé por qué o para qué k-rajo, pues ya la trancaron sin remedio. En otra parte noté que se le reconoció el derecho a tomar la reválida de los estudiantes actualmente matriculados y que completen los requisitos del Juris Doctor. Ese mismo derecho también se le reconoció a sus egresados. Entonces, ahora me pregunto yo, ¿qué paso con la mórbida ley 17 y su lúgubre sección 721 que dice que sin el sellito del aba, como rabito en el “cuero de chivo”, un aspirante no puede chupar bombón?
En resumen, y como dijo Pepín (en uno de los rincones donde él se mete), “Para entender este lío no hay que ser abogado.” Lo que hay que ver aquí es que la fenecida escuela era una fábrica de pensadores que no auspician la petulancia de un gobierno que predica igualdad mientras practica el despotismo, amordazando a la democracia al emascular el pensamiento crítico del ciudadano. Un gobierno que le apaga la luz a la cátedra legal con la falsía de proteger el bienestar social ante el “riesgo” penumbroso del aula soslayada por la divisa extranjera. Y para colmo, se usa el máximo foro judicial para lapidar una institución educativa que hoy tiene el derecho divino de decirle a los arquitectos de su defunción, “Sea la madre de tu aba madrina.”©